LABORA (antiguo SERVEF) destina más de 57 millones de Euros en ayudas a autónomos afectados por el COVID19, estas son sus principales características:
REQUISITOS
a) Haber figurado ininterrumpidamente de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos durante, al menos, el periodo comprendido entre el 31 de diciembre de 2019 y el 14 de marzo de 2020.
b) Haber suspendido la actividad como consecuencia de las medidas
adoptadas por el Real decreto 463/2020, de 14 de marzo o, en caso de
mantener la actividad, haber reducido la facturación correspondiente al
mes anterior a la solicitud de la ayuda en, al menos, un 75 por ciento
respecto del promedio facturado en el semestre natural anterior a la
declaración del estado de alarma. Cuando la persona solicitante no lleve
de alta los 6 meses naturales exigidos para acreditar la reducción de los
ingresos, la valoración se llevará a cabo teniendo en cuenta el periodo
de actividad.
c) Tener el domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana.
Quedan excluidas las personas trabajadoras autónomas que:
a) El 14 de marzo de 2020 fueran perceptoras de la prestación por
desempleo o de la correspondiente a la protección por cese de actividad,
regulada en los artículos 327 y siguientes del Texto Refundido de la Ley
General de la Seguridad Social aprobado por el Real decreto legislativo
8/2015, de 30 de octubre.
b) El 14 de marzo de 2020 o fecha posterior fueran trabajadores por
cuenta ajena.
c) Obtuvieron rendimientos netos de su actividad económica superiores a 30.000 euros en el ejercicio 2019.
d) Incurran en alguna de las prohibiciones previstas en los apartados
2 y 3 del artículo 13 de la Ley general de subvenciones.
SUBVENCIÓN
- 1500 € para las personas obligadas a la suspensión de actividades
- 750€ para el resto
FORMA DE PEDIR LA SUBVENCIÓN
La solicitud se presentará de forma telemática a través de la página de LABORA www.labora.gva.es
Para la tramitación telemática se deberá disponer de firma electrónica avanzada (https://sede.gva.es)
De no disponer de firma electrónica avanzada, deberá acudir a la respresentación a través de persona que si disponga de ella, acreditando la representación.
PLAZO PARA SOLICITAR LA AYUDA
Desde las 09:00 horas del 8 de abril hasta las 9:00 horas del 4 de mayo de 2020
CRITERIO PARA CONCESIÓN DE LAS AYUDAS
Las subvenciones se concederán de manera directa.
El criterio para la concesión de la subvención (hasta agotar el crédito disponible) será el del momento de la presentación de la solicitud.
IMPORTE TOTAL QUE DESTINA LABORA
57,5 Millones
VÍDEO EXPLICATIVO :
https://www.youtube.com/watch?v=I8UlqXqKynQ
Extracto del DECRETO 44/2020, de 3 de abril de 2020, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión directa de ayudas urgentes a personas trabajadoras en régimen de autonómos que desarrollen su actividad en la Comunitat Valenciana y se han visto afectadas por la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 [2020/2817]