FUENTE: BOE. Atendiendo a las recomendaciones de los expertos en el ámbito epidemiológico, las autoridades han visto necesario adoptar nuevas medidas para controlar la propagación del coronavirus y evitar que el acúmulo de pacientes en las Unidades de Cuidados Intensivos lleve a su saturación.
La actividad laboral y profesional es la causa que explica la mayoría de los desplazamientos que se producen actualmente en España. En consecuencia, se ha resuelto adoptar una medida en el ámbito laboral que permita reducir la libertad de movimientos a niveles que permitan conseguir el objetivo.
La prioridad de la regulación contenida en el RDL 10/476 es limitar al máximo la movilidad. Por ello, los sectores de actividad a cuyas personas trabajadoras se excluye del disfrute obligatorio del permiso se justifican por estrictas razones de necesidad.
https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/29/pdfs/BOE-A-2020-4166.pdf